¿Qué es la factura electrónica obligatoria y por qué no es lo mismo que VeriFactu?
La factura electrónica obligatoria nace de la Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece) y obliga a que las facturas entre empresas y autónomos (operaciones B2B) se emitan y reciban en un formato digital estructurado, legible automáticamente por otro programa. Se desarrolla mediante el RD 238/2026 y la Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026.
A diferencia de VeriFactu, que controla cómo tu software genera facturas para evitar fraude, la factura electrónica obligatoria controla el formato en el que envías facturas a otra empresa, para acabar con el papel y el PDF suelto.
Objetivo: reducir la morosidad
La normativa persigue digitalizar las transacciones B2B y, sobre todo, reducir la morosidad comercial. Con facturas estructuradas y trazables, el ciclo de cobro se acelera y se gana transparencia de extremo a extremo.
A qué operaciones afecta
- Solo operaciones B2B (entre empresas o autónomos).
- No aplica al B2C: si tu cliente es un particular, esta obligación no te afecta.
- Formatos admitidos (estándar europeo EN 16931): UBL, CII, EDIFACT y Facturae.
Calendario de entrada en vigor
A partir de la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026 (6 de octubre de 2026), el RD 238/2026 fija un calendario escalonado:
- 6 de octubre de 2027: empresas con facturación anual superior a 8 millones de euros.
- 6 de octubre de 2028: resto de empresas y autónomos.
Es decir, 12 meses para quienes superan los 8 millones y 24 meses para el resto.
Requisitos que debe cumplir tu sistema
- Emitir y recibir facturas en formato estructurado (UBL, Facturae, CII o EDIFACT).
- Garantizar autenticidad de origen e integridad del contenido.
- Conservar las facturas durante al menos 4 años y permitir su acceso y entrega a terceros.
- Disponer de una plataforma de facturación electrónica (propia o delegada en un proveedor).
Sanciones por incumplimiento
- Hasta 10.000 € por no ofrecer el servicio de factura electrónica cuando la ley lo exige.
- Posibles sanciones adicionales por no conservar o no facilitar las facturas en el formato requerido.
Casos prácticos: ¿tengo que cumplir yo?
Soy una sociedad con software de facturación
Te afectan las dos normativas: VeriFactu y factura electrónica. La factura electrónica te aplica desde octubre de 2027 (si facturas más de 8M€) u octubre de 2028 (resto).
Soy autónomo en estimación directa
Te afectan las dos. Factura electrónica desde octubre de 2028.
Estoy acogido al SII
No te afecta VeriFactu, pero sí la factura electrónica obligatoria cuando entre en vigor su calendario.
Solo facturo a particulares (B2C)
La factura electrónica obligatoria no te afecta. VeriFactu sí, si usas software de facturación.
VeriFactu y factura electrónica: las 7 diferencias clave
| Criterio | VeriFactu | Factura electrónica obligatoria | |---|---|---| | Ley | Ley Antifraude (RD 1007/2023) | Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) | | Objetivo | Evitar el fraude fiscal | Reducir morosidad y digitalizar B2B | | Qué controla | El software de facturación | El formato de la factura | | A quién afecta | Quienes usan programa (excepto SII/TicketBAI) | Operaciones B2B | | Cuándo entra en vigor | Ene 2027 / Jul 2027 (aplazamiento a oct 2028 anunciado) | 6 oct 2027 (>8M€) / 6 oct 2028 (resto) | | Formato | Cualquiera, generado por software homologado | UBL, Facturae, CII o EDIFACT | | Sanciones máximas | 50.000 € por ejercicio | 10.000 € |
Cómo prepararte desde RACONVAL
- Identifica si tus operaciones son B2B o B2C (las B2B son las obligadas).
- Verifica tu volumen de facturación para saber tu fecha límite (octubre 2027 u octubre 2028).
- Elige formato y plataforma de facturación electrónica (propia o proveedor autorizado).
- Adapta tu sistema de conservación a los 4 años exigidos.
- Coordina con tus proveedores y clientes el intercambio de facturas electrónicas.
Desde RACONVAL te ayudamos a planificar toda la transición: análisis de operaciones, elección de formato y plataforma, y adaptación de tu flujo para cumplir en plazo y sin sobresaltos.
¿Necesitas que revisemos tu caso? Solicita una consulta gratuita y te confirmamos qué te obliga, en qué fecha y cómo prepararte.
